Abogados Pensión de alimentos Córdoba. Asesoramiento legal
¿Busca abogados especialistas en pensión de alimentos en Córdoba con más de 20 años de experiencia? Le ofrecemos asesoramiento legal completo en todos los procesos de divorcio, ya sean contenciosos o de mutuo acuerdo, garantizando la protección de los derechos de sus hijos.
Le ayudamos a conseguir una cuantía justa y proporcional tanto si estás en la capital o algnos de sus municipios.
Pensión de Alimentos en Córdoba: Definición Legal y Cobertura (Art. 142 C.C.)
La pensión de alimentos es una obligación legal esencial que abarca mucho más que la comida. Es un término jurídico que garantiza el bienestar integral del beneficiario, especialmente los hijos.
El Alcance Legal del Término “Alimentos” (Art. 142 C.C.)
Según el artículo 142 del Código Civil (en España), los «alimentos» comprenden todo lo indispensable o gastos regulares para:
Sustento y Habitación: La manutención básica y un lugar digno para vivir.
Vestido y Asistencia Médica: Ropa adecuada y cobertura de todos los gastos sanitarios.
Educación e Instrucción: La formación necesaria mientras sea menor de edad, desde la guardería hasta terminar los estudios de los hijos
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Inclusión de Hijos Mayores de Edad y Gastos Especiales
La obligación se extiende a:
Hijos Mayores de Edad: Si no han finalizado su formación por causas no imputables a ellos.
Gastos de Embarazo y Parto: Si estos no pueden ser cubiertos de otra forma.
Cómo Calcular la Pensión de Alimentos en Córdoba: Guía del CGPJ
Herramientas Orientativas para el Cálculo
Aunque España no dispone de tablas oficiales obligatorias para determinar la cuantía de la pensión alimenticia, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ofrece una utilidad muy valiosa.
Esta herramienta permite realizar simulaciones orientativas para ayudar a calcular la pensión. El resultado se ajusta basándose en:
Lugar de residencia.
Número de hijos.
Ingresos de cada progenitor.
Es importante recordar que estas simulaciones son solo una guía; la decisión final sobre la cuantía recae siempre en el Juez.
Factores Determinantes de la Cuantía
Para fijar la pensión, el Juez considera principalmente dos aspectos fundamentales, tal como establece la ley:
Necesidades de los hijos: Incluyendo gastos de sustento, educación, sanidad, etc.
Capacidad económica del progenitor obligado: Su situación laboral y posibilidades reales de pago.
Cómo se Establece la Pensión
La pensión se puede establecer de dos formas:
Mutuo Acuerdo: Los progenitores pactan la cantidad en el Convenio Regulador que acompaña al divorcio.
Vía Contenciosa: En caso de desacuerdo, será el Juez quien imponga la cantidad que considere adecuada tras analizar las pruebas presentadas.
Diferencia Importante: Gastos Ordinarios vs. Extraordinarios
Es crucial distinguir que la pensión alimenticia mensual no incluye los gastos extraordinarios.
Los gastos extraordinarios son aquellos que son:
Excepcionales: No son habituales ni periódicos (p. ej., una operación inesperada).
Necesarios o Convenientes: (p. ej., una ortodoncia).
Este tipo de gastos (como actividades extraescolares, campamentos o tratamientos médicos no cubiertos) se suelen dividir a partes iguales (al 50%) entre ambos progenitores, aunque este porcentaje también puede ser acordado o decidido judicialmente.
Solicitar la Pensión de Alimentos en Córdoba (Divorcio y Medidas Paternofiliales)
La pensión de alimentos en Córdoba se establece en el marco de la separación legal de los progenitores, independientemente de si estaban casados o no.
¿Cómo se Inicia la Solicitud?
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En Matrimonios (Divorcio/Separación): La pensión se determina obligatoriamente como parte del procedimiento de divorcio o separación legal.
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Mutuo Acuerdo: La cuantía y la forma de pago se pactan en el Convenio Regulador que firman los cónyuges.
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Vía Contenciosa: Si no hay acuerdo, la cuantía será fijada directamente por el Juez en la sentencia.
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En ambos casos, la sentencia de divorcio es el documento legal que formaliza la obligación y sus detalles.
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En Parejas No Casadas (Medidas Paternofiliales): Cuando los progenitores no están unidos en matrimonio (o si nunca lo estuvieron), la pensión debe solicitarse a través de un procedimiento de medidas paternofiliales. En este caso, la intervención de un abogado y un procurador es legalmente obligatoria.
Modificación y Extinción de la Pensión de Alimentos en la Provincia de Córdoba
La cuantía de la pensión de alimentos fijada judicialmente no es inmutable. Puede ser modificada siempre que se produzca una alteración sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta al momento de su establecimiento.
Según el marco legal en Córdoba (similar al artículo 142 del Código Civil), los motivos principales para solicitar la modificación son:
Cambio en la Capacidad Económica de los Progenitores: Si el patrimonio o los ingresos de cualquiera de los obligados aumentan o disminuyen significativamente.
Variación en las Necesidades de los Hijos: Cuando las necesidades de los hijos aumentan o disminuyen (por ejemplo, inicio de estudios universitarios costosos o finalización de un tratamiento médico).
Extinción de la Pensión: ¿Hasta Cuándo Existe la Obligación de Pago?
La duda más frecuente es el momento en que cesa la obligación de pagar la pensión alimenticia. Es fundamental entender que la mayoría de edad (18 años) no implica automáticamente la extinción del derecho.
El derecho se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente.
Causas Habituales de Extinción
La pensión se extingue cuando el alimentista:
Logra Independencia Económica: Cuando el hijo puede ejercer un oficio, profesión o industria, obteniendo ingresos suficientes para su propia subsistencia. Esta es la causa más común.
Finalización de la Formación: Aunque el hijo sea mayor de edad, el derecho se prolonga si continúa cursando estudios o si la falta de ingresos no se debe a su negligencia.
Causas Excepcionales de Extinción
Existen otros supuestos legales que extinguen o suspenden la obligación, aunque son menos frecuentes:
Fallecimiento: Por la muerte del alimentante (quien paga) o del alimentista (quien recibe).
Empeoramiento Extremo del Deudor: Cuando el patrimonio del progenitor obligado no puede cubrir la pensión sin desatender sus propias necesidades o las de su familia directa.
Conducta Grave del Hijo: Casos de mala conducta o falta de aplicación que provoque la necesidad, o si el hijo comete una falta que daría lugar a la desheredación (supuesto muy restrictivo).
Recomendación Legal
Dado que determinar la independencia económica o si concurre un motivo de modificación/extinción requiere un análisis detallado de las circunstancias de cada caso, es imprescindible contar con el asesoramiento de un abogado especialista en Derecho de Familia antes de suspender o realizar cualquier acción legal.